¿Cuándo surte efecto una notificación de SUNAT en el Buzón Electrónico?

Respuesta corta

Se considera hecha el día en que SUNAT la deposita en el buzón y surte efecto desde el día hábil siguiente. Los embargos valen el mismo día. Abrirla o no, no cambia esas fechas.

En esta página
  1. Lo que dice el Código Tributario
  2. Las que valen el mismo día
  3. Un ejemplo con plazos
  4. ¿Y si no me llegó la alerta al correo?
  5. La prueba de la fecha
  6. Fuentes

Lo que dice el Código Tributario

Desde el 1 de marzo de 2023 (Decreto Legislativo 1523), el artículo 104, inciso b), dice:

"Tratándose del correo electrónico u otro medio electrónico aprobado por la SUNAT... la notificación se considera efectuada en la fecha del depósito del mensaje de datos o documento."

Y el artículo 106:

"Las notificaciones surtirán efectos desde el día hábil siguiente al de su recepción, entrega o depósito, según sea el caso."

Antes de 2023 la notificación se entendía efectuada al día hábil siguiente del depósito. Si encuentras guías que dicen eso, están desactualizadas.

Las que valen el mismo día

El último párrafo del artículo 106 hace una excepción: surten efecto en el momento del depósito las resoluciones que ordenan trabar o levantar medidas cautelares (embargos), los requerimientos de exhibición de libros, registros y documentación, y "los demás actos que se realicen en forma inmediata". Por eso un embargo no espera al día siguiente.

Un ejemplo con plazos

Los plazos en días son días hábiles (Norma XII del Código Tributario).

  • SUNAT deposita una resolución de multa el lunes. La notificación se entiende hecha ese lunes. El plazo de 20 días hábiles para reclamarla se cuenta desde el martes (artículo 137, numeral 2).
  • SUNAT deposita una orden de pago. Una vez notificada, la deuda ya es exigible en cobranza coactiva (artículo 115, inciso d). Si llega la resolución de ejecución coactiva, da 7 días hábiles para pagar antes de las medidas cautelares (artículo 117).

¿Y si no me llegó la alerta al correo?

SUNAT presenta las alertas al correo y al celular como recordatorios: lo que fija la fecha es el depósito. En 2025 el Tribunal Constitucional anuló notificaciones cuyas alertas solo se enviaron a correos que rebotaban (Expediente 04378-2022-PA/TC) y dijo que SUNAT debe usar otro medio si la alerta no funciona. Es un caso concreto, no una regla para dejar de revisar: la defensa segura es haber leído el buzón a tiempo.

La prueba de la fecha

SUNAT registra la fecha de depósito y emite una constancia que la acredita (RS 014-2008/SUNAT, artículo 4). Es la fecha que verás junto a cada documento en el buzón.

Fuentes